Para acceder al Informe de Deuda del BCRA es necesario conocer su número CUIL o la Clave Única de Identificación Laboral. Si aún no lo tienes o ya lo has recibido pero no lo recuerdas, te ayudaremos en este apartado.
Si ya cuentas con un CUIL, puedes obtener el certificado en línea llamando al 130 en la Unidad de Atención Telefónica o al oficina ANSES por aprox.
Para ver CUIL en línea, asegúrese de tener la siguiente información:
- Tipo y número de identificación
- Nombre y apellidos del solicitante
- Sexo
- Fecha de cumpleaños
¿Qué es CUIL?
Como se mencionó, su sigla significa “Código Único de Identificación Laboral” y es un número de identificación proporcionado por la ANSES para registrar sus aportes previsionales, acceder a asignaciones familiares y realizar trámites ante otras entidades públicas y privadas.
Hoy el CUIL se genera automáticamente cuando un menor es inscrito en el Registro Nacional de las Personas, es decir, al recibir el DNI. Sin embargo, pueden existir casos previos a esta modalidad que requieran el proceso de generación del CUIL.
Los extranjeros que pretendan trabajar en el país deberán generar un CUIL temporal, habiendo realizado previamente los trámites migratorios. Una vez recibido el DNI de extranjero o naturalizado, deberá generar el CUIL definitivo solicitando el consentimiento del provisional.
¿Qué documentos necesito para generar mi CUIL?
Recuerda, si eres trabajador por cuenta propia o cuenta propia y se te ha asignado una clave única de identificación fiscal (USC), no debes tramitar la CUIL.
Para los demás casos, los requisitos son los siguientes:
Argentinos:
- Mayores de 18 años: IDENTIFICACIÓN
- Menores de 18 años: el acta de nacimiento del menor y el documento de identidad de los padres y del menor
Extranjero:
- DNI de extranjero/naturalización.
- Si aún no tienes una identificación
- Expediente migratorio que acredite el tipo de residencia actual y entrada al país.
- Pasaporte que indique el tipo de residencia, que no debe ser turística ni permanente.
- Permiso de ingreso al país emitido por consulados o en virtud de convenios internacionales.
- Acta de nacimiento con datos del menor y de los padres. Si fue expedido en el extranjero, debe estar motivado o apostillado y si no está en español, debe estar traducido. Las actas de nacimiento de Italia, España, Portugal, Grecia, Chile, Colombia, Brasil, Perú, Paraguay y Uruguay están exentas de visado, traducción, legalidad y apostilla.
- DNI del niño y del padre.
- En el caso de hijo adoptivo: constancia o copia del decreto de adopción, el documento de identidad del hijo y de los padres adoptivos.